¿Cuánto te corresponde de la deducción por maternidad?

100 € al mes por cada hijo menor de 3 años, más la ayuda por guardería. Calcula el total y cuánto cobras cada año, con las reglas vigentes desde 2023.

¿Cuándo nació o nacerá tu hijo?

Datos de 2026, actualizados el 8 de noviembre de 2026. Cómo hacemos el cálculo.

Quién tiene derecho desde 2023

La reforma de 2023 cambió esta deducción a fondo, y todavía hay mucha información antigua circulando. Antes había que estar trabajando cada mes y la deducción no podía superar lo cotizado a la Seguridad Social. Ninguna de las dos cosas se exige ya.

Hoy tiene derecho la madre con un hijo menor de 3 años que, en el momento del nacimiento:

  • esté dada de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad, o
  • cobre una prestación o un subsidio por desempleo.

También tiene derecho si en ese momento no cumplía ninguna de las dos cosas pero se da de alta más tarde y llega a 30 días cotizados. En ese caso, la deducción empieza a contar desde ese momento.

El padre solo puede pedirla si la madre ha fallecido o si tiene la guarda y custodia en exclusiva, y cumpliendo él los mismos requisitos.

Cuánto se cobra

100 € por cada mes en que tu hijo tenga menos de 3 años: el mes en que nace cuenta y el mes en que cumple 3 años ya no. En total son 36 meses, 3.600 € por hijo, repartidos en tres o cuatro declaraciones según el mes de nacimiento.

Lo especial de esta deducción es que se cobra aunque no pagues IRPF: si es mayor que tu impuesto, Hacienda te ingresa la diferencia.

La guardería: hasta 1.000 € más al año

Si pagas una guardería o un centro de educación infantil autorizado, la deducción sube hasta 1.000 € más al año. Se calcula de forma proporcional a los meses de guardería y nunca puede superar lo que has pagado de tu bolsillo. Con 200 € al mes durante todo el año llegas a los 1.000 €; con 50 € al mes, sumas 600 €.

Cuentan la preinscripción, la matrícula, la asistencia en horario general o ampliado y la comida. No cuenta la parte subvencionada ni la que paga tu empresa como retribución en especie exenta. Este incremento se puede seguir aplicando después de que el niño cumpla 3 años, hasta el mes anterior a que pueda empezar el segundo ciclo de educación infantil.

Cómo cobrarla cada mes

Puedes pedir el abono anticipado con el modelo 140 en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. A partir de ahí te ingresan 100 € al mes en tu cuenta. Si tu situación cambia (por ejemplo, si el niño deja de vivir contigo), tienes que comunicarlo con el mismo modelo.

Si no pides el anticipo no pierdes nada: la deducción se aplica entera en la declaración de la renta. El incremento por guardería siempre se cobra en la declaración.

No se puede cobrar en los meses en que alguno de los progenitores reciba por ese hijo el complemento de ayuda para la infancia del ingreso mínimo vital.

Sigue haciendo cuentas

Si estás esperando un bebé, calcula también cuánto cobrarás durante el permiso por nacimiento y, para la vuelta al trabajo, cuánto te quedaría con una reducción de jornada.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es la deducción por maternidad?
100 € al mes, es decir, hasta 1.200 € al año, por cada hijo menor de 3 años. En total, 3.600 € por hijo. Si pagas guardería, se suman hasta 1.000 € más cada año.
¿Tengo que estar trabajando para cobrarla?
No desde 2023. Basta con que, cuando nazca tu hijo, estés dada de alta en la Seguridad Social o en una mutualidad o cobres una prestación o un subsidio por desempleo. También tienes derecho si te das de alta más adelante y acumulas 30 días cotizados. Una vez tienes derecho, se mantiene aunque después dejes de trabajar.
¿Se cobra aunque no pague IRPF?
Sí. Si la deducción es mayor que tu impuesto, Hacienda te ingresa la diferencia. Por eso se la conoce como un impuesto negativo.
¿Cómo se cobra cada mes?
Pidiendo el abono anticipado a la Agencia Tributaria con el modelo 140. Te ingresarán 100 € al mes en tu cuenta. Si no lo pides, la cobras entera en la declaración de la renta del año siguiente. El incremento por guardería solo se cobra en la renta.
¿El padre puede pedirla?
Solo si la madre ha fallecido o si la guarda y custodia es exclusivamente del padre, y siempre que cumpla él los mismos requisitos.
¿Qué gastos de guardería cuentan?
La preinscripción, la matrícula, la asistencia en horario general y ampliado y la comida, pagados por meses completos a una guardería o centro de educación infantil autorizado. Se resta cualquier parte subvencionada, por ejemplo con un cheque guardería de la empresa exento.